En Diputados los principales cuatro bloques sumaron sus votos en particular con algunas disidencias particulares. El artículo 44 sobre la posibilidad de que un precandidato a gobernador encabece hasta tres fórmulas generó las mayores objeciones y abre interrogantes políticos a futuro.
Santa Fe tiene una Constitución reformada el año pasado pero en materia electoral todavía tiene vigentes decretos-ley del último gobierno de facto que se encargó de ordenar la salida democrática. Le sucedieron leyes que fueron actualizando aspectos de la legislación pero carece de un cuerpo homogéneo, concordante y que evite diferentes interpretaciones acerca del acto electoral o bien sobre un resultado.
Lo saben los partidos mayoritarios de la provincia, los que ejercieron el gobierno, lo sabe el actual Poder Ejecutivo que desde abril de 2024 viene analizando la problemática. De allí las amplias coincidencias a la hora de aprobar en la Cámara de Diputados el proyectos de Código Electoral y Ley de Partidos Políticos.
De 296 artículos que tiene el proyecto aprobado y girado al Senado para su revisión hubo apenas 9 votados en rechazo por algunos de los bloques que votaron afirmativamente la ley. Fueron 43 votos contra 4 negativos en la general.
Siete proyectos de ley de los diferentes espacios ingresados en la Cámara de Diputados dan cuenta de la necesidad de avanzar en la materia. En los últimos dos meses hubo innumerables reuniones informales entre legisladores, entre legisladores y funcionarios del Poder Ejecutivo para avanzar en el dictado del Código, herramienta clave para la política y para los actos electorales y para darle seguridad al ciudadano que su voto será respetado.
Cuando el miércoles, se puso en marcha, en el recinto de la Cámara de Diputados, el plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación Generales se demostró la voluntad de los actores que trabajarían por el acuerdo. Las presidentas de esas comisiones, Jimena Senn y Lionella Cattalini pusieron en marcha la discusión en base al proyecto de la bancada socialista. Enseguida, desde el justicialismo, Celia Arena y Lucila De Ponti empezaron a sumar aportes. Allí, los dos representantes del Frente Amplio por la Soberanía (Fabián Palo Oliver y Carlos Del Frade) cuestionaron el método de trabajo, dejaron su dictamen en minoría y se retiraron del encuentro y se quedaron con los discursos críticos en el recinto. En cambio, Vida y Familia, sector que lidera Amalia Granata, se quedó y marcó aportes y diferencias.

Ese plenario tuvo tres cuartos intermedios el jueves antes de llegar el dictamen al recinto. En oficinas del Senado, el ministro de Gobierno, Fabián Bastia, y el secretario general de la Gobernación, Juan Cruz Cándido, más el senador Esteban Motta seguían la negociación de Diputados. Hubo varias reuniones allí para atender inquietudes de todos los espacios políticos.
A media tarde, por puertas separadas, Bastía y Cándido se retiraron de Legislatura con la certeza de que el proyecto tenía acuerdo y un piso de 40 votos, sabiendo que por diferentes razones personales no iban a estar en el recinto Fernanda Castellani (Pro) y Juan José Piedrabuena ( del Barrio para la Gente), que hubieran votado afirmativamente.
Solo quedaba revisar la redacción de cada uno de los artículos. Las decisiones políticas más controvertidas: pisos electorales, número de boletas en la general, autoridad electoral más la posibilidad de que un precandidato a gobernador encabece hasta tres fórmulas y no se sumen los votos, estaba cerrado.
El acto electoral es sumamente complejo y hubo apoderados partidarios que pusieron la lupa en los artículos referidos a presentación de listas, proclamación de candidaturas, etc. Más allá de la elección provincial, se votan candidatos locales en las 365 localidades con las complejidades lógicas.

El esquema
El primer libro del proyecto (25 artículos) contempla todo lo referido al objeto, principios rectores y la autoridad electoral y de partidos políticos. Lo central de esta parte de la ley es la futura autoridad electoral que será un juez sorteado del colegio del fuero Contencioso Administrativo, con cámara de revisión y secretario electoral con aval legislativo. Esta conformación entrará en vigencia el 1 de enero de 2028.
El libro segundo refiere al régimen electoral y del cuerpo electoral que ahora se compone de los ciudadanos desde los 16 años y los extranjeros. También está lo referido a las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias así como el sistema de Boleta Única asi como la organización del acto electoral, escrutinio, etc. El título abarca lo referido a las campañas electorales, limitaciones, financiamiento. En el título está incluida la obligatoriedad del debate entre candidatos a gobernador.
En el libro tercero está reglado todo lo referido a los partidos políticos, incluido el financiamiento. El libro siguiente versa sobre faltas electorales y régimen sancionatorio y en el quinto y último, las disposiciones finales. Además fueron añadidas tres cláusulas transitorias.
En rechazo
Somos Vida, el bloque de Amalia Granata, rechazó dos artículos y se abstuvo en otros dos. El rechazo es a artículos que incluyen la paridad de género mientras que las abstenciones también refieren a paridad de género en la integración de la cámara de Diputados y de Concejos municipales.
Natalia Armas Belavi (Vida y Familia) rechazó cinco artículos, el primero sobre las características de la boleta única de papel; tres referidos a paridad de género y el 148 sobre la prohibición de actos inaugurales en determinado lapso de campaña por considerarlo exiguo el plazo.
PJ en contra del artículo 44
La bancada justicialista votó en rechazo del artículo 44 contenido en el capítulo referido a la convocatoria y oficialización de listas. Ese artículo tiene incluida la posibilidad de varias fórmulas con la misma cabeza, iniciativa nunca escrita en los proyectos ingresados pero que fue sugerida por la bancada socialista y aceptada finalmente por Unidos.
La redacción del único artículo no votado por la bancada justicialista es la siguiente:
ARTÍCULO 44 – Incompatibilidad. Excepción. Ninguna persona puede ser inscripta como precandidata en más de una lista o categoría electoral durante el mismo proceso electoral.
En las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, una misma persona puede ser inscripta como precandidata a Gobernador en hasta tres fórmulas internas de una misma agrupación política, siempre que cada fórmula sea acompañada por una persona distinta como precandidata a Vicegobernador, con paridad de género. En este caso, cada fórmula constituye una opción electoral autónoma y compite individualmente con las demás fórmulas de la misma agrupación política.
Los votos obtenidos por las distintas fórmulas internas no se acumulan entre sí, aun cuando se encuentren encabezadas por una misma persona precandidata a Gobernador.
La excepción prevista en el presente artículo no habilita la postulación de una misma persona como precandidata a Vicegobernador en más de una fórmula, ni la participación simultánea de una persona en fórmulas correspondientes a distintas agrupaciones políticas.
*Por: Mario Cáffaro | Fuente: El Litoral
