Programa de Inserción “Mi Primer Trabajo”

Nota a Rodrigo Kruse – El Programa de Inserción Laboral “Mi Primer Trabajo “, promueve la inserción de trabajadores y trabajadoras desocupados en empleos de calidad al sector privado, mediante la implementación de incentivos económicos a las empresas que decidan incrementar su dotación de personal.

Los empleadores pueden descontar el incentivo económico aportado por el MTEySS de la Nación del salario del trabajador y abonar la diferencia que corresponda de acuerdo a la normativa aplicable.
Esta acción está dirigida a trabajadores y trabajadoras desocupados participantes del Seguro de Capacitación y Empleo, del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y de otras acciones y/o programas del Ministerio, y a empresas del sector privado y personas jurídicas sin fines de lucro. Son incentivos de apoyo a la inserción laboral en empresas privadas.

Objetivo: Promover la inserción laboral de jóvenes y trabajadores desocupados del programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo, mediante el apoyo económico a las empresas que decidan incrementar su personal.

Beneficiarios: Micro Empresas, PYMES y Grandes Empresas – Comercios-Independientes.

Ventajas para el Empresario: Recibe un aporte de $1000 (no remunerativo) de la Municipalidad de Esperanza por cada empleado afectado al Programa de Inserción Laboral “Mi primer Trabajo”. Recibe aporte del MTEySS de la Nación. Puede acceder a una reducción de las contribuciones a la seguridad social (Ley 26.476).

Requisitos para la Incorporación de Personal: No haber realizado despidos colectivos en los últimos seis meses. No poseer sanciones por empleo no registrado sin regularizar.

Modalidades de Contratación Permitidas: Son las reguladas por:
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (se exceptúa el “Contrato de Trabajo Eventual”, la modalidad de “Contrato a Plazo Fijo” será habilitado en aquellos casos que la contratación sea como mínimo 1 año). Ley Nacional de Trabajo Agrario Nº 22.248. Ley Nacional de Trabajadores de la Construcción Nº 22.250.

Duración: La duración del programa es de un mes como mínimo y seis meses como máximo. Para las personas mayores de 45 años de edad, el programa podrá tener una extensión de hasta nueve meses. Las empresas interesadas deberán adherir al programa para poder incorporar a los trabajadores y las trabajadoras desocupados por un plazo mínimo de 1mes y máximo de 6 meses. El plazo máximo podrá extenderse a 9 meses cuando se incorporen trabajadores o trabajadoras desocupados mayores de 45. Ejemplo: Mujeres Menores de 45 años de 0 a 3 Meses cobraran $ 1500 MTEySS de la Nación + $ 1000 Municipalidad de Esperanza.

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Se estableció, además, que los micro y pequeños empresarios vinculados con alguna de las cadenas de valor incluidas en el Plan Industrial 2020 , podrán incorporar trabajadores con un incentivo de $2.300, aportado por el MTEySS por un período de hasta 12 meses. Estos trabajadores cuentan con los siguientes beneficios para incorporarse en las empresas:

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Para participar, las empresas interesadas deben comunicarse con la Oficina de Empleo y/o con la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral de su zona para recibir asesoramiento.
Las empresas tendrán bajo su responsabilidad:

* Cumplir con todos los requisitos y obligaciones en la legislación laboral vigente.
* Cumplir con las obligaciones a la seguridad social, abonándolas sobre la remuneración total de acuerdo al salario pautado.

Programa de Inserción Laboral para Personas con Capacidades Diferentes: El Partido Esperancino, busca promover la igualdad de oportunidades para el empleo de los trabajadores con capacidades diferentes, mediante la implementación de acciones que favorecen su inserción laboral en el sector productivo, a través del otorgamiento de mayores incentivos a los empleadores.

Objetivo: El programa tiene por objetivo favorecer la adquisición de experiencia y conocimiento por parte de las personas con capacidades diferentes en oficios demandados localmente mediante la práctica en el puesto de trabajo. Las actividades pueden tener una duración de entre 3 y 6 meses en el sector privado y, de entre 3 y 12 meses en el sector público.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios del Programa aquellos trabajadores con Capacidades Diferentes desocupados que, estén en condiciones de ingresar al mercado laboral competitivo, mayores de 18 años con certificado de Discapacidad Nacional o Provincial (Ley N° 22.431, art. 3).
Modalidades Contractuales: El contrato de trabajo que realiza una persona con discapacidad no difiere del que pueda celebrarse con una persona que no la tiene. Los derechos y obligaciones de las partes son los normales en toda relación laboral en materia de: Horarios, Asistencia, Cumplimiento de las normas de trabajo, Pautas de Seguridad e Higiene en el ámbito laboral, etc.

Los contratos de seguro de accidentes de trabajo contratados por las empresas, no podrán discriminar ni la prima, ni las condiciones, en razón de la calificación de discapacitado del trabajador asegurado. Las obras sociales tendrán la obligación de brindarles sus servicios.

Duración: El Programa abona al trabajador la suma de $ 1500 por parte del MTEySS de la Nación + $ 600 (no remunerativos) por parte de la Municipalidad de Esperanza cuando fueran contratados a tiempo completo y, $ 750 por parte del MTEySS de la Nación + $ 300 (no remunerativos) por parte de la Municipalidad de Esperanza cuando fueran contratados a tiempo parcial. El empleador podrá descontar dichas sumas de las remuneraciones que debe abonar al trabajador. La suma que abona el Programa se realiza por 12 meses, a solicitud fundada podrá extenderse por un plazo de 18 meses.