Autorizaron la realización de actividades religiosas en iglesias y templos

Según marca el escrito oficial, por medio del cual se expende la autorización, será con un aforo del treinta por ciento de ocupación máxima de la superficie y en el horario de 9 a 19 horas.

En tanto, se deberá disponer de una densidad de ocupación de una persona cada dos (2) metros cuadrados de espacio circulable dentro de los lugares.

La realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, a partir de hoy y hasta el el 25 de junio de 2021 inclusive.

En aceptable que quienes asistan, lo hagan con un uso debido de tapabocas y respetando los protocolas de sanidad dispuestos hasta el momento, a fin de disminuir las posibilidades de contagio.