{"id":45010,"date":"2025-06-10T20:05:56","date_gmt":"2025-06-10T23:05:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/?p=45010"},"modified":"2025-06-10T20:05:59","modified_gmt":"2025-06-10T23:05:59","slug":"causa-vialidad-la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena-y-cristina-kirchner-ira-presa-por-corrupcion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/causa-vialidad-la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena-y-cristina-kirchner-ira-presa-por-corrupcion\/","title":{"rendered":"Causa Vialidad: la Corte Suprema dej\u00f3 firme la condena y Cristina Kirchner ir\u00e1 presa por corrupci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><\/h2>\n\n\n\n<p><strong>Esta decisi\u00f3n implica que queda firme la condena contra la dos veces Presidenta Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner, a seis a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos. No podr\u00e1 competir en las elecciones legislativas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En una resoluci\u00f3n de alto impacto pol\u00edtico y judicial, la Corte Suprema confirm\u00f3 el fallo dictado en noviembre pasado por la Sala IV de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n Penal en la causa Vialidad, donde se investig\u00f3 el delito de defraudaci\u00f3n al Estado a trav\u00e9s de contratos de obras p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) deber\u00e1 resolver sobre las condiciones de detenci\u00f3n de la ex mandataria y de los otros ocho condenados, entre ellos L\u00e1zaro B\u00e1ez y Jos\u00e9 L\u00f3pez. Es muy probable que, en el caso de Cristina Kirchner, el TOF 2 resuelva concederle el beneficio del arresto domiciliario por contar con m\u00e1s de 70 a\u00f1os. Adem\u00e1s, no podr\u00e1 participar de las elecciones legislativas donde planeaba competir por una banca provincial. Esto convierte el caso en el hecho de mayor impacto en el escenario pol\u00edtico y judicial actual del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n fue adoptada por unanimidad por los tres jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron las apelaciones de la defensa de la ex Presidenta, de los otros ocho condenados, y del fiscal Mario Villar, utilizando la f\u00f3rmula del art\u00edculo 280 de C\u00f3digo Procesal Civil y Comercial, en este caso acompa\u00f1ado de los fundamentos de la decisi\u00f3n (280 fundado) dada la trascendencia institucional de la decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia resuelve: \u201cRechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fern\u00e1ndez de Kirchner. Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.\u00ba 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos, como coautora penalmente responsable del delito de administraci\u00f3n fraudulenta agravada en perjuicio de la administraci\u00f3n p\u00fablica (arts. 174 inc. 5\u00b0 y 45 del C\u00f3digo Penal)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En sus fundamentos, los jueces sostuvieron: \u201cLas sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida \u2014valorada de conformidad con las reglas de la sana cr\u00edtica (art. 398 del C\u00f3digo Procesal Penal de la Naci\u00f3n)\u2014 y en el C\u00f3digo Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisi\u00f3n apelada no constituya una derivaci\u00f3n razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garant\u00eda constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jur\u00eddico vigente. La imposici\u00f3n de las penas de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democr\u00e1tico seg\u00fan las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Naci\u00f3n (art. 174, \u00faltimo p\u00e1rrafo, del C\u00f3digo Penal, texto seg\u00fan ley 25.602)\u201d, se advirti\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Corte, \u201clos reclamos de la defensa llevan a examinar cuestiones \u2014de hecho y prueba en muchos casos, ajenas por su materia a la competencia apelada extraordinaria de esta Corte Suprema en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 14 de la ley 48, salvo que medie un supuesto de arbitrariedad\u2014 tales como el contexto dentro del cual se ejecut\u00f3 la maniobra que fue juzgada, las relaciones personales y comerciales que un\u00edan a Fern\u00e1ndez de Kirchner con L\u00e1zaro B\u00e1ez, las implicancias en torno al dictado y efectos del decreto 54\/2009, las advertencias emitidas por los servicios jur\u00eddicos en relaci\u00f3n con su dictado y la valoraci\u00f3n del contenido de los mensajes extra\u00eddos el celular de Jos\u00e9 L\u00f3pez, entre otros. En particular, la decisi\u00f3n apelada aludi\u00f3 a que L\u00e1zaro B\u00e1ez, por intermedio de sociedades por \u00e9l controladas, efectu\u00f3 contratos de locaci\u00f3n y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, adem\u00e1s de haber realizado otros negocios inmobiliarios. Esas relaciones no fueron cuestionadas por la defensa en manera alguna, m\u00e1s all\u00e1 de alegar que los actos comerciales se\u00f1alados fueron \u2018totalmente l\u00edcitos y se celebraron a precios de mercado\u2019, lo que resta toda eficacia a su planteo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan subrayaron los jueces, \u201cesas circunstancias, valoradas ya por dos instancias judiciales, llevaron a la conclusi\u00f3n de que esa decisi\u00f3n presidencial \u2018releg\u00f3 la ventaja econ\u00f3mica para la administraci\u00f3n p\u00fablica por la ventaja econ\u00f3mica para los intereses particulares a la postre beneficiados\u2019 y de que \u2018Fern\u00e1ndez de Kirchner se represent\u00f3 los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acci\u00f3n t\u00edpica y que previ\u00f3 la realizaci\u00f3n de estos y, por tanto, la producci\u00f3n del resultado\u2019\u201d. Tambi\u00e9n se pudo acreditar que \u201cla encausada quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acci\u00f3n y tuvo, adem\u00e1s, el \u00e1nimo de lucro requerido por el tipo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La Corte resalt\u00f3 que \u201cel argumento de la defensa basado en la competencia de terceras personas en el asunto \u2014entre ellas, el jefe de gabinete de ministros de la Naci\u00f3n y los restantes funcionarios nacionales y provinciales que intervinieron en los hechos\u2014 se desentiende del fundamento desarrollado por los jueces de la causa en torno a la modificaci\u00f3n implementada por el decreto 54\/2009 y la indisputada competencia y responsabilidad de la encausada en la emisi\u00f3n del mismo\u201d. Adem\u00e1s, dijo el fallo, \u201cse omite rebatir las dem\u00e1s circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervenci\u00f3n personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio econ\u00f3mico obtenido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las condenas y las absoluciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La condena a seis a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n perpetua contra Cristina Kirchner y otros acusados en la causa Vialidad fue dictada en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N\u00b02, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Gim\u00e9nez Uriburu y Andr\u00e9s Basso, quienes juzgaron el desv\u00edo de fondos e irregularidades en la asignaci\u00f3n de obras p\u00fablicas en la provincia de Santa Cruz.<\/p>\n\n\n\n<p>Este fallo fue confirmado en noviembre pasado por la Sala IV de Casaci\u00f3n, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Hern\u00e1n Borinsky y Diego Barroetave\u00f1a, por medio de una sentencia de m\u00e1s de 1.600 p\u00e1ginas en la que rechaz\u00f3 tanto los recursos de las defensas como el de la fiscal\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>En la misma decisi\u00f3n, Casaci\u00f3n confirm\u00f3 las condenas \u2013tambi\u00e9n por el delito de fraude a la administraci\u00f3n p\u00fablica- de L\u00e1zaro B\u00e1ez (6 a\u00f1os de prisi\u00f3n), de Jos\u00e9 L\u00f3pez (6 a\u00f1os de prisi\u00f3n), de Nelson Periotti (6 a\u00f1os de prisi\u00f3n), de Juan Carlos Villafa\u00f1e (5 a\u00f1os de prisi\u00f3n), de Ra\u00fal Pavesi (4 a\u00f1os y 6 meses de prisi\u00f3n), de Jos\u00e9 Santib\u00e1\u00f1ez (4 a\u00f1os de prisi\u00f3n), de Mauricio Collareda (4 a\u00f1os de prisi\u00f3n) y de Ra\u00fal Daruich (3 a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n). A todos los ex funcionarios se les hab\u00eda impuesto la inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos, aspecto tambi\u00e9n confirmado por el m\u00e1ximo tribunal penal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por decisi\u00f3n mayoritaria de los camaristas Borinsky y Barroetave\u00f1a, se rechaz\u00f3 la pretensi\u00f3n del Ministerio P\u00fablico Fiscal de aplicar al caso la figura de asociaci\u00f3n il\u00edcita, confirmando as\u00ed la decisi\u00f3n absolutoria del tribunal oral 2 en cuanto a ese delito. El juez Hornos, en disidencia, consider\u00f3 que correspond\u00eda aplicar la figura de asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n de la Corte deja firme tambi\u00e9n las absoluciones de Julio De Vido, Abel Fatala, H\u00e9ctor Garro, y el sobreseimiento por prescripci\u00f3n de Carlos Kirchner, quien fuera acusado por el Ministerio P\u00fablico Fiscal durante el juicio oral.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la Sala IV de la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal homolog\u00f3 el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos, dinero que volver\u00e1 a las arcas del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>La del caso Vialidad es la primera condena de cumplimiento efectivo contra la ex presidenta. Otras investigaciones de trascendencia, como los juicios conocidos como \u201cLos cuadernos de las coimas\u201d, \u201cHotesur\u201d, \u201cLos Sauces\u201d o \u201cMemorandum con Ir\u00e1n\u201d, deben a\u00fan deben atravesar el largo proceso del juicio oral y p\u00fablico que definir\u00e1 si se suma otra condena a este complicado escenario judicial y pol\u00edtico.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>*Fuente:<\/strong> Infobae<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta decisi\u00f3n implica que queda firme la condena contra la dos veces Presidenta Cristina Fern\u00e1ndez de [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":17,"featured_media":45013,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","_themeisle_gutenberg_block_has_review":false,"footnotes":""},"categories":[140],"tags":[1071,229,1072],"class_list":["post-45010","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","tag-causa-vialidad","tag-corrupcion","tag-cristina-kirchner"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45010","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/17"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=45010"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45010\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":45014,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45010\/revisions\/45014"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/45013"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=45010"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=45010"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.almargenweb.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=45010"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}