En el marco de la intensa sequía se establecieron medidas excepcionales para llevar a cabo una campaña ordenada y acorde a cada situación, que comenzò este lunes 9 de octubre.
Como todos los años, en este segundo ciclo deberán vacunarse sólo categorías menores: toritos, novillitos, vaquillonas, terneros/as.
Sin embargo, debido a la intensa sequía que atraviesa la Región Centro del país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SeNaSa) estableció medidas excepcionales para la revacunación anual antiaftosa.
En este contexto, y ante la necesidad de realizar movimientos forzosos de hacienda, se podrán realizar con la vacunación parcial de la tropa en cuestión y un acta que así lo acredite.
Adicionalmente, se exceptúa del cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa, durante los primeros 15 días de la segunda campaña del año en curso (hasta el 23 de octubre), a los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado la vacunación referida, siempre y cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de su recepción, tampoco lo hayan hecho.